Calendario de días inhábiles
El art. 31.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la sede electrónica del registro de cada Administración Pública u Organismo, determinará, atendiendo al ámbito territorial en el que ejerce sus competencias el titular de aquélla y al calendario previsto en el artículo 30.7, los días que se considerarán inhábiles. En atención a la referida disposición, se indican a continuación los días que -además de los sábados y domingos- serán inhábiles en el ejercicio 2024 para el Registro de la Autoridad Portuaria de Castellón: